Baja de vehículos
Trámite de baja definitiva y cetificado de destrucción
Según la Orden del Ministerio del Interior INT/249/2004 del 5 de Febrero, los titulares de los vehículos que desean desprenderse de los mismos al final de su vida útil deberán entregarlo obligatoriamente en un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T); de esa manera se garantiza una correcta gestión sobre los residuos peligrosos así como una descontaminación apropiada de dicho vehículo.

Emen, le emite un certificado de BAJA DEFINITIVA y el DESTRUCCIÓN MEDIOAMBIENTAL DEL GOBIERNO VASCO.
EL TÍTULAR ES UNA PERSONA FÍSICA O PARTICULAR
- Permiso de circulación y ficha técnica original.
- Fotocopia del DNI de la persona titular del vehículo, en vigor.
- Solicitud de baja definitiva
EL TÍTULAR ES UNA PERSONA JURÍDICA O EMPRESA
- Permiso de circulación y ficha técnica original.
- Solicitud de baja definitiva
- Fotocopia del CIF
- Fotocopia de DNI del representante/administrador de la empresa autorizado para solicitar dicho tramite, en vigor.
- Documento de Representación de persona jurídica
EL TÍTULAR ES FALLECIDO
- Permiso de circulación y ficha técnica original.
- Solicitud de baja definitiva
- Declaración responsable fallecimiento del titular
- Fotocopia del libro de familia
- Fotocopia del los DNI en vigor del titular. Asi como de todos los herederos en vigor, anverso y reverso.
- Fotocopia del certificado de defunción.
Si la persona que firma no es el titular del vehículo será necesaria una autorización del titular junto con una fotocopia del DNI tanto del titular como del, puede descargarse el documento Autorización a terceros.